INFORMACION
OPORTUNIDAD
INCENTIVO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE, NUEVOS DESARROLLOS y/o COMPRA DE INMUEBLES USADOS CON FONDOS NO DECLARADOS ( por 360 días corridos a partir del 13/01/2023 )
Decreto 18/2023
ARTICULO 1º.- Sustitúyese el último párrafo del artículo 2º del Decreto Nº 556 del 29 de agosto de 2022 por los siguientes:
“Los fondos que se declaren deberán afectarse al desarrollo o la inversión, en proyectos inmobiliarios en la REPÚBLICA ARGENTINA
o a la adquisición de un inmueble usado ubicado en el país en los términos del primer artículo incorporado sin número a continuación
del artículo 1º de la Ley Nº 27.679 de Incentivo a la Inversión, Construcción y Producción Argentina, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 3º de este decreto y siempre que se lleven a cabo con anterioridad al 31 de diciembre de 2024, inclusive.
Maximiliano M. Rodriguez